Por sexto año consecutivo no habrá subida de impuestos municipales en Monforte

Monforte de Lemos, 19 de octubre de 2020. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, y la 1ª Teniente de Alcalde y concejala de Hacienda, Gloria Prada, anunciaron en la tarde de hoy la propuesta de modificación de ordenanzas fiscales para los presupuestos del año 2021, que serán llevadas al Pleno de la Corporación Municipal, que se celebrará el próximo lunes 26 de octubre.

“Los monfortinos, al igual que en este año 2020 pagarán menos impuestos en el próximo año 2021, y además estableceremos una serie de modificaciones de las actuales ordenanzas fiscales, con el objetivo de ayudar a nuestros ciudadanos a paliar los efectos de la crisis de la Covid-19”, destacó el regidor municipal al inicio de su intervención. De este modo, “El Equipo de Gobierno tomó la decisión de mantener para el 2021 la reducción llevada a cabo en el año 2020 de la fiscalidad de la ordenanza del cementerio por sepultura y por transmisiones en un 50%, y seguir manteniendo congeladas el resto de las ordenanzas fiscales para el próximo año 2021.”, destacó el Alcalde. Esto es debido a que en el presente año, en cómputo interanual de septiembre de 2019 a agosto de 2020 el IPC es negativo en un 0.5 por ciento, no habrá revisión de IPC’ s, y por lo tanto, no subirá el coste de la piscina, del agua, del saneamiento o de la basura.

José Tomé también explicó que “mantenemos las bonificaciones que aprobamos en el año 2019 sobre el ICIO, el IAE y el IBI para la creación de puestos de trabajo y para la implantación de empresas. En resumen, decidimos congelar un año más todos los impuestos y las tasas que dependen del Ayuntamiento, ya por 6º año consecutivo.”

Además, el Alcalde anunció novedades importantes relacionadas con las ordenanzas fiscales, “encaminadas a paliar, en la medida del posible, los efectos que la crisis de la Covid-19 está ocasionando entre nuestros vecinos, y que les van a facilitar el pago de sus deberes con el Ayuntamiento.  Desde este Equipo de Gobierno seguiremos tomando decisiones que contribuyan a mejorar el día a día de los monfortinos y de las monfortinas, facilitándoles las gestiones que tienen que hacer con el Ayuntamiento”.

Deudas tributarias aplazables

En lo relativo al apartado que se refiere a las deudas tributarias aplazables, tal como recoge el artículo 19 de la “Ordenanza General de Gestión de Ingresos Municipales de Derecho Público”, se modifica el importe de las deudas que se pueden fraccionar, pasando de 300 €, que había hasta ahora, reduciendo a 100 € para el próximo año.

Esta reducción de la cuantía a 100 € se lleva a cabo desde el Equipo de Gobierno para poder así fraccionar o aplazar las deudas, estableciendo para ello tres tramos:

  • Las deudas de importe comprendido entre 100 y 200 €, en un período máximo de 12 meses.
  • Las deudas de importe comprendido entre 200,01 € y 300 €, en un período máximo de 18 meses.
  • Y las deudas de importe superior a 300 € en un período máximo de 24 meses.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

En cuanto a la ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), se establece que las execciones o bonificaciones de carácter rogado deberán solicitarse para que tengan efectos en el padrón del ejercicio antes de 30 de junio de cada ejercicio, fecha anterior al del cierre del padrón anual. El mismo plazo queda establecido para las bonificaciones por familias numerosas.

“De esta forma”, destacó el Alcalde, “le damos más tiempo al sujeto pasivo -entidad jurídica o persona física- para que presente la justificación de estas exenciones o bonificaciones, y así la Administración evitará el alto volumen de anulaciones y emisiones de nuevos recibos que actualmente se produce”.

Asimismo, previa solicitud, estarán exentos los bienes inmuebles de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las haciendas locales, las entidades sin fines lucrativos a las que se refiere la Ley 49/2002, de 23 de  diciembre,  de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, por ejemplo, colegios o lugares de culto.

Su aplicación estará condicionada que las entidades sin fines lucrativos comuniquen al Ayuntamiento que se acogen al régimen especial establecido por tales entidades y al cumplimiento de los requisitos y supuestos de hecho relativos al mismo, debiendo acercar con la solicitud certificado que los inmuebles para los cuales se solicita la exención no se encuentran afectos a explotaciones  económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras ( ICIO)

En lo que respeta a la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), como novedad se establece que las bonificaciones por declaración de especial interés deberán solicitarse dentro del período comprendido desde la fecha de la solicitud de la licencia de obras a fecha de la finalización del plazo de ingreso en período voluntario de la liquidación provisional, dado que antes se hacía en el momento de solicitar la licencia, y ahora tendrán más tiempo para hacerlo.

Asimismo, en el supuesto de presentación de declaración responsable o comunicación previa, se establece el régimen de autoliquidación. Esta novedad le permite al solicitante poder girar la autoliquidación en el mismo momento en que se presente la comunicación previa, “aspecto este que era muy demandado por los solicitantes”, explica Tomé Roca.

Prestación de servicios en el cementerio municipal

Respeto de la ordenanza reguladora tasa por la prestación de servicios en el cementerio municipal, en la conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres, el Equipo de Gobierno introduce dos importantes novedades.

Por un lado se define mejor el concepto de sujeto pasivo, a efectos de que el Ayuntamiento pueda requerir esta tasa de enterramiento a las funerarias o a los herederos que actúen como representantes de las personas fallecidas. Y por otro lado, en el referido al sistema de gestión de las concesiones administrativas sobre nichos, cabidas y sepulturas, ahora estas concesiones se realizarán por la enumeración correlativa de las mismas. Esto significa que desde el Ayuntamiento se facilitará la concesión de nichos a personas que, siendo ya propietarias de un nicho, deseen adquirir otro que se encuentre colindante del nicho del que ya son propietarios, siempre que se den las circunstancias descritas.

Calendario fiscal 2021

El calendario fiscal también se modifica para adecuarlo a las fechas laborales del próximo año, quedando establecidos para los principales impuestos los siguientes períodos:

  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica: desde el 15 de abril de 2021 hasta el 15 de junio de 2021.
  • IBI: de 5 de agosto de 2021 hasta el 6 de octubre 2021.
  • IAE: de 17 de agosto de 2021 hasta el 18 de octubre de 2021.

En cuanto a la domiciliación del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, en los recibos de importe superior a los 100€, implicará su fraccionamiento en dos períodos, de manera que el primer cargo se realizará el día 5 de agosto de 2021 por el importe del 60% del recibo y el segundo cargo el día 7 de diciembre por el importe del restante 40% del recibo.

El Alcalde resumió su intervención indicando que ”seguimos reduciendo la presión fiscal con respecto a hace 5 años, cuando en el 2015 llegamos al Gobierno municipal. Congelamos todas las tasas de las ordenanzas fiscales municipales, incluida la bajada del 50% que aplicamos el año pasado a las tasas del cementerio. Flexibilizamos el pago de las deudas, ya que los monfortinos, que así lo soliciten, podrán fraccionar el pago, en función de la cantidad a pagar, y modificamos de 300 a 100 € el importe mínimo de las deudas no aplazables.”

“En el pasado mandato, los monfortinos acabaron pagando menos en 2020 que en 2015, y en este mandato seguimos con la misma línea de trabajo, congelando las tasas y los impuestos para el año 2021, siendo además especialmente sensibles con la difícil situación por la que todos estamos atravesando con motivo de la Covid-19”, concluyó el regidor monfortino.

Éstas son las principales novedades que desde el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento se propondrán al Pleno del Ayuntamiento, que se celebrará el próximo lunes día 26 de octubre.