Ayudas

Ayudas

AYUDAS AL TRANSPORTE DEL ALUMNADO UNIVERSITARIO Y DE CICLOS DE FORMACIÓN DE ESTE MUNICIPIO CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2022/2023

Estas ayudas se destinan a:

  • Alumnado de enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y enseñanzas universitarias conducentes a títulos de Licenciados o Diplomados, empadronado en el ayuntamiento de Monforte de Lemos.
  • Alumnado de ciclos medio y superior de Formación Profesional y bachillerato empadronado en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos que tenga que desplazarse fuera del término municipal, por no existir oferta del ciclo formativo en este municipio.

Publicación en el BOP

Bases 2022-2023

 

Ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar complementario curso 2022/2023

Esta convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar complementario destinadas al alumnado empadronado en el Ayuntamiento de Monforte y escolarizado para el curso 2022/2023 en educación infantil (3-6 años),educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial en alguno de los centros docentes públicos o concertados existentes en el municipio.

Las ayudas tienen como finalidad apoyar a las familias con menor renta per cápita del municipio que presenta dificultades económicas para afrontar el gasto que supone el objeto de la ayuda.

Para ser beneficiario/a de esta ayuda es preciso cumplir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes:

  1. Ser padre, madre, tutor/a o persona encargada de la guardia y custodia del alumno/a que en el año escolar de la convocatoria correspondiente vayan a cursar estudios en las etapas educativas de enseñanza indicadas en esta convocatoria, en cualquiera centro docente, público o concertado, del Ayuntamiento de Monforte de Lemos.
  2. Que la renta per cápita de la unidad familiar no supere el 55% IPREM para el año 2022 (318,46€/mes) en cómputo anual (3.821,52€ año por persona). Para determinar la renta per cápita se tomará la renta de la unidad familiar y se dividirá por el número de miembros de dicha unidad como a continuación se especifica:

Nº miembros UF

Ingresos netos mensuales

Ingresos anuales

2

636,92

7.643,04

3

955,38

11.464,56

4

1.273,84

15.286,08

5

1.592,3

19.107,6

 

 

 

 

 

No se computarán los ingresos siguientes:

  • Prestación familiar por hijo menor a cargo de la Seguridad social
  • Prestaciones económicas en aplicación de la ley de dependencia
  • La ayuda económica para víctimas de violencia de género regulada en el RD 1452/2005, de 2 de diciembre

3.    Que la persona solicitante así como los y las menores beneficiarios de la misma, se encuentren empadronados y residan efectivamente en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos en el momento de presentación de la solicitud.
4.    Que la persona solicitante esté al día en el pago de los deberes tributarios municipales o en el caso de tener deudas que exista compromiso de pago.
5.    No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio de subvenciones de Galicia y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Excepcionalmente, se podrá eximir del requisito recogido en el punto 2 previo informe de la trabajadora social de referencia de los servicios sociales municipales que tendrá carácter preceptivo pero no vinculante siempre que queden acreditadas las circunstancias de dicha excepcionalidad.

La cuantía máxima de las ayudas será la siguiente:

150 € para Educación Infantil por cada alumno/a.
100 € para Educación Primaria y por cada alumno/a.
120€ para Educación Secundaria Obligatoria por alumno/a 150€

150€ para alumnado matriculado en un centro de educación especial o en unidades de educación especial de centros comunes o con una discapacidad superior o igual al 65% .

No obstante lo establecido en el  paragrafo anterior, la cuantía de la ayuda se reducirá en proporción a las solicitudes presentadas que cumplan con los requisitos recogidos en el punto 2, así como con las puntuaciones obtenidas según los criterios de baremación del punto 10.º

 La solicitud y documentación se presentará en el Registro de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos emplazado en la secretaría del Centro Cívico Social, en el Paseo del Malecón s/n, en el Registro General del Ayuntamiento, en el Campo de San Antonio s/n, C. P. 27400, Monforte de Lemos, Lugo o a través de la sede electrónica municipal (www.sede.monfortedelemos.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de las bases y convocatoria en el boletín oficial de la provincia (BOP). Las bases estarán a disposición de las personas interesadas en las dependencias de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos, en el Registro General del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento a partir de esa fecha.

Publicación en el BOP

Bases

Anexo I Certificado de matriculación 22-23

Anexo II Declaración responsable 22-23

Anexo III Declaración responsable CE y SFE 22-23

Solicitud 22-23

 

 

Ayudas para la mejora de la eficiencia energética en hogares 2022

El acceso a la energía es una necesidad básica. El importe de la factura eléctrica se incrementó considerablemente en los últimos años debido principalmente al aumento de los costes fijos derivados del déficit de tarifa que se incluyen en la factura eléctrica, y que no se pueden reducir mediante un menor consumo energético. Este hecho, unido al contexto económico actual, da lugar a que existan familias gallegas que no disponen de las posibilidades económicas mínimas para el pago de la factura energética (tanto de electricidad como de gas).
Asimismo, las Corporaciones locales y en concreto, el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, asume las prestaciones y ayudas no periódicas en situaciones de necesidad, como se establece en el Art. 52.2 de la Ley 7/1985, de bases de régimen local.

Podrán acogerse a estas ayudas las personas o unidades de convivencia que los servicios sociales valoren como personas en situación o riesgo de exclusión social, especialmente en las que existan menores o personas con discapacidad o dependencia, que cumplan los requisitos de acceso establecidos en el punto 5º y las condiciones reguladas en estas bases.

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo y estará abierta hasta el 23 de diciembre de 2022.

Bases 2023

Anexo I Formulario datos bancarios 2023

Formulario solicitud 2023