Monforte de Lemos, 26 de mayo de 2020. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, acaba de firmar dos decretos donde se establecen las condiciones de uso tanto de la Biblioteca Municipal como del Cementerio, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno de España dentro de la Fase 2 de desescalada a causa del COVID-19, a través de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.
Biblioteca Municipal
El pasado 13 de mayo, mediante decreto de Alcaldía nº 657, se establecieron las primeras normas relativas el uso de la Biblioteca municipal, de acuerdo con las condiciones determinadas por la Fase 1 de la desescalada, recogidas en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. De este modo, se procedía a la reapertura de la Biblioteca de Monforte para las actividades de préstamo y devolución de obras, información bibliográfica y bibliotecaria, y lectura en sala con restricciones de aforo máximo. Del mismo modo, no estaba permitida la celebración de actividades culturales ni hacer uso de sus medios informáticos y ordenadores de la biblioteca.
También se establecían medidas de higiene y prevención (limpieza de instalaciones, ubicación de dispensadores de geles hidroalcohólicos, instalación de pantallas protectoras, etc.) y se establecía un espacio para depositar las obras consultadas y mantenerlas aisladas durante 14 días.
En este sentido, tal y como establecían las normas, se procedió a la instalación de carteles y documentos informativos sobre las medidas higiénicas y sanitarias para el correcto uso de los servicios bibliotecarios.
La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición cara una nueva normalidad, establece en su artículo 24 las normas de uso de las bibliotecas, las cuales son recogidas por el nuevo decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Monforte firmado ayer y que autorizan los siguientes servicios, dentro de esta segunda fase de la desescalada:
- Las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada, prestarán los servicios establecidos en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, y los expresamente previstos en el presente artículo.
- Podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado. Cuando un usuario abandone un puesto de lectura, este habrá de ser limpiado y desinfectado.
- Se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos de las bibliotecas destinados para el uso público de los ciudadanos, así como de catálogos de acceso público en línea, catálogos en fichas de la biblioteca o publicaciones electrónicas. Todos ellos deberán limpiarse después de cada uso.
- Se permitirá el préstamo interbibliotecario entre las bibliotecas ubicadas en alguna de las unidades territoriales previstas en el anexo, debiéndose proceder con las obras objeto de este préstamo al igual que con las obras de préstamo domiciliario.
- No obstante el establecido en los apartados anteriores, las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas.
- Serán de aplicación las medidas de higiene, prevención y de información previstas en los artículos 24 y 25 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.
Condiciones uso fase 2 desescalada Biblioteca Municipal
Cementerio Municipal
En el caso del Cementerio Municipal de Monforte, también mediante decreto de Alcaldía nº 638, de 8 de mayo, se procedía, dentro de la Fase 1 de la desescalada, a su apertura el pasado lunes 11 de mayo, con restricciones determinadas por la Orden SND/386/2020, de 3 de mayo que, en su artículo 5, flexibilizaba la participación en velatorios y entierros hasta un máximo de 15 personas, con el mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y el uso de mascarilla sanitaria.
La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición cara una nueva normalidad establece en su artículo 8 en relación a velatorios y entierros, las siguientes disposiciones, que son recogidas por el decreto firmado ayer por el Alcalde de Monforte, en relación al uso del Cementerio municipal en la Fase 2 de la desescalada:
- Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
- La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
- En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad y higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y mascarilla respiratoria.