El Ayuntamiento le gana una nueva sentencia al Consello Regulador de la D.O. Ribeira Sacra por la marca “Festival del Vino de la Ribeira Sacra de Monforte”

Monforte de Lemos, 13 de noviembre de 2021. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa de una nueva sentencia favorable al Ayuntamiento monfortino, dictada por la Sección 3 del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en relación con el recurso interpuesto por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeira Sacra contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que había concedido al Ayuntamiento monfortino el registro y uso de la marca “Festival del Viño de la Ribeira Sacra de Monforte”.

En su fallo, a través de la sentencia número 00423/2021 de 5 de noviembre de 2021, sobre el Procedimiento Común 7295/2020, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el CRDO Ribeira Sacra y le obliga al pago de las costas procesales (1.500€) y además, contra esta sentencia so se podrá interponer recurso de casación.

Del mismo modo, el TSXG, en una sentencia similar, la número 00414/2021 de 29 de octubre de 2021, sobre el Procedimiento Común 7293/2020, también le dio a la razón al Ayuntamiento de Monforte ante el CRDO Ribeira Sacra, sobre la marca “Festival del Viño de Monforte-Vinos de la Ribeira Sacra”, marca sobre la que también había interpuesto recurso el Consejo Regulador, después de que Oficina Española de Patentes y Marcas había resuelto favorablemente a favor del Ayuntamiento monfortino.

También en esta sentencia de 29 de octubre , el TSXG obliga al CRDO Ribeira Sacra a pagar las costas procesales (1.500€) y sólo cabe recurso de casación.

El Alcalde mostró su satisfacción “por estas dos resoluciones favorables dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, la cuál nos permitirá seguir celebrando con totales garantías, y con su nombre y marca oficiales, lo que es uno de los certámenes más importantes de los que se organizan alrededor del vino de la Ribeira Sacra, el “Festival del Viño de la Ribeira Sacra de Monforte”, y que sí las circunstancias sanitarias nos lo permiten, podremos volver a organizarlo para el próximo verano”.

Cabe recordar que este importante certamen vinícola, que se celebra a principios del mes de julio en Monforte, reúne a gran parte de los bodegueros de esta Denominación de Origen, y que supone un importante escaparate para la difusión y consumo de los vinos de la Ribeira Sacra, y un importante elemento de promoción turística y gastronómica.

Antecedentes

El 10 de junio de 2020, el CRDO Ribeira Sacra presentó recurso contencioso-administrativo con el objetivo de “impugnar la decisión de la Oficina Española de Patentes y Marcas de autorizar la inscripción de la marca “Festival do Viño de Monforte-Viños da Ribeira Sacra”, nº M 4018166, Clase 41 instada por el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, suplicando que se anule, entendiendo que entra en colisión con la marca previamente registrada a su favor “Festival do Viño Ribeira Sacra”, existiendo entre ambas una identidad denominativa y aplicativa susceptible de crear un riesgo de confusión en el consumidor”. Del mismo modo, y bajo los mismos términos, también interpuso recurso contra la marca “Festival do Viño da Ribeira Sacra de Monforte”.

Las dos sentencias emitidas por el TSXG, contra el argumento esgrimido por el TSXG señala que “sí bien ambas marcas se refieren a la misma categoría de servicios (la 41), pero no existe suficiente identidad o semejanza de signos susceptible de generar riesgo de confusión en el consumidor, por cuanto que los elementos que contienen ambas marcas (festival de viño, Ribeira Sacra) no tienen un carácter distintivo por sí mismos, siendo lo determinante en el presente caso “Monforte” que claramente hace referencia al lugar donde se celebra el “festival del vino”, sin riesgo alguno de confusión en el consumidor, pues identifica un festival de vinos de la Ribeira Sacra que se celebra en Monforte, lo que en el obsta a la existencia de otros festivales de vinos de la Ribeira Sacra que se celebren en otros lugares”. 

Y del mismo modo, el TSXG precisa que “la marca a registrar no se refiere a vinos sino a servicios, hace referencia al lugar de desarrollo del festival, no al origen de los los vinos, y tampoco existe conflicto con la denominación de origen protegida, el festival es de vinos de la Ribeira Sacra y se celebra en Monforte.”

“No existe colisión alguna con la denominación de origen protegida, toda vez que no se genera confusión sobre que los vinos a los que se dedica el festival están amparados por la Denominación indebidamente porque precisamente el festival versa sobre los vinos amparados por esa Denominación y, en consecuencia, a la vista de la marca controvertida no cabe suponer que un consumidor medio pueda sufrir confusión, por lo que tampoco concurre la prohibición del art. 5.1. g) de la Ley de Marcas”, concluye la sentencia del Tribunal en ambas marcas.