Monforte de Lemos, 23 de abril de 2021. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, acaba de ser conocedor de dos sentencias en las que los antiguos trabajadores de la empresa Rutas Sacras Nomar UTE, anterior concesionaria del contrato de servicios turísticos del Ayuntamiento de Monforte, perdieron el juicio por despido contra la actual concesionaria del servicio, la UTE “María Isabel Álvarez Sangil, Ruth Díaz Amor, Vicente Parra Vizcaino y Albergue Santiago 15, S.L, Unión Temporal de Empresas Ley 18/82, Nº 1”.
En la sentencia 171/2022 del Juzgado del Social nº 1 de Lugo y en la sentencia 178/2022 del Juzgado del Social nº 4 de Lugo, ambas de 31 de marzo de 2022, se condena a Rutas Sacras Nomar UTE a que opte o bien en readmitir a sus trabajadores, o bien a indemnizarlos por la extinción de su relación laboral, que fue improcedente. En este sentido, el total por despido improcedente de los 4 trabajadores asciende a 18.569,40 euros.
Pero además, las sentencias afirman que el convenio colectivo estatal de agencias de viajes que tantas veces denunció el gerente de Rutas Sacras, José Ramón Martínez Mareque, que el Ayuntamiento aplicaba mal, estaba bien aplicado por el Ayuntamiento de acuerdo con la ley, tal y como se recogía desde el primer momento en que este servicio salió a concurso.
En este sentido, el Alcalde señaló que ”con estas dos sentencias de las que somos conocedores, desde el Ayuntamiento teníamos razón cuando decíamos que esta empresa no estaba aplicando el convenio colectivo que le exigía el pliego de condiciones del servicio, es decir, el Convenio colectivo estatal de agencias de viaje, por lo que ahora tendrán que pagar a los/las trabajadore/as que los demandaron las diferencias salariales resultantes de no aplicar dicho convenio”.
Por lo tanto, el convenio que de forma unilateral fue aplicado por Rutas Sacras a sus trabajadores, algo que hicieron sin conocimiento por parte del Ayuntamiento, el “Convenio de Ocio educativo y animación sociocultural”, las sentencias establecen que fue mal aplicado, pues nada tiene que ver con los servicios que se llevan a cabo en la Oficina de Turismo, en la Torre del Homenaje, en el Centro del Vino de la Ribeira Sacra, y en la Oficina de Atención al Peregrino, porque las actividades que desarrollaban estos trabajadores no se caracterizaban por su carácter educativo o formativo, sino que la finalidad era, y sigue siendo, divulgar información de carácter turístico respecto del Ayuntamiento de Monforte.
Por lo tanto, estas sentencias eximen tanto al Ayuntamiento como a la actual empresa concesionaria de los servicios turísticos de subrogar a los empleados de la anterior concesionaria, porque además, la actual UTE concesionaria presentó su propuesta correctamente y de acuerdo con el convenio contenido en el pliego de condiciones del servicio, de agencias de viaje, puesto que este convenio no prevé la subrogación del personal, en caso de cambio de empresa.
“Al final, el Ayuntamiento de Monforte, vuelve a tener razón con respecto a lo que expliqué el pasado mes de julio de 2021, en relación a las graves declaraciones que efectuó el gerente de Rutas Sacras, el sr. Mareque, las cuales acaban de ser desmontadas a través de estas sentencias, que le dan la razón al Ayuntamiento y que demuestran que actuó correctamente en este proceso” subraya el Alcalde, y añade además, que mientras sea Alcalde, no va a ceder a ninguna presión ni chantaje de ninguna empresa, como quedó claro en este caso, o más recientemente en los casos de los parques públicos de Valle de Lemos, Parque del Barrio del Hospital, con la grúa de la calle Ferrol, o la Zona C, quedando claro que, por encima de todo, el Alcalde defiende el interés público de todos los monfortinos y monfortinas.