Monforte de Lemos, 14 de julio de 2023. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa de una nueva sentencia favorable al Ayuntamiento monfortino, relacionada con la denominada Zona C, que comprende los terrenos ubicados entre la calle Rof Codina y el barrio de Cobas.
“Es la cuarta sentencia que falla a favor del Ayuntamiento en relación con la Zona C y que confirma que estamos actuando de acuerdo con la legalidad”, destaca el Alcalde.
En concreto, se trata de una sentencia dictada por el Juzgado del Contencioso Administrativo nº 1 de Lugo, relación con el recurso contencioso administrativo interpuesto por Ramón Conde Mena contra el acto administrativo “acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Monforte de Lemos de fecha 30 de agosto de 2021, por el que se acuerda la desestimación del recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de 16 de junio de 2021, por el que se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación de la zona C de las normas subsidiarias municipales de Monforte de Lemos”.
En su demanda, el recurrente reclamaba “declarar como contrario a derecho el acuerdo de la Junta de Gobierno” citado, “declarar el derecho de D. Ramón Conde Mena a que los gastos de urbanización de la finca de origen 03.i sean sufragados mediante la detracción del correspondiente aprovechamiento ordenando al Ayuntamiento de Monforte de Lemos que tramite la correspondiente modificación del Proyecto de Reparcelación o, subsidiariamente, para el caso de anulación del acuerdo aprobatorio del mismo”, y “que se remita al Jurado de Expropiación de Galicia el expediente de fijación del justo precio de los elementos en él conservables existentes sobre la parcela de origen 03.i”.
Sin embargo, en la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Lugo, la número 82/2023 de 30 de junio de 2023, cabe destacar que el Juzgado acoge la pretensión municipal sobre el origen de aprobación del proyecto de reparcelación de la Zona C, que si bien es cierto que derivaba de una modificación de las Normas Subsidiarias del año 2000 y del sistema de actuación en el año 2015, “la Administración está obligada a ejecutar sus planes urbanísticos, no existiendo necesidad de motivación expresa para decidir llevarlo a cabo en un determinado momento; precisamente, el extenso lapso temporal es lo que justifica, per se, sin necesidad de justificación expresa, que se proceda a poner en marcha sin mayores dilaciones la actuación prevista en el plan urbanístico”.
Del mismo modo, la sentencia también desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el sr. Conde, en lo tocante a que solicitaba que se “reconociera a los recurrente el acogimiento a la posibilidad prevista en el art. 275 del Reglamento de la Ley del Suelo de Galicia, y en consecuencia a la entrega del aprovechamiento lucrativo en sustitución del importe total de la inversión de las obras de urbanización”, aspecto en el que la sentencia indica que “no se aprecia que existe una desviación sustancial entre lo solicitado en la vía administrativa y en el presente procedimiento judicial, pues en esencia, las pretensiones son las mismas, no comportando las alegaciones atientes a motivos formales de nulidad de la resolución recurrida ningún tipo de desviación” .
El demandante también pide la aplicación del artículo 275 apartado 7 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, que regula los efectos económicos de la aprobación del instrumento de equidistribución. En este sentido, insiste en el derecho que ostenta a que se le aplique la previsión contenida en dicho precepto, y el mismo ha de ser ya reconocido en el acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación como parte de sus efectos económicos.
Pero la sentencia aclara en este punto que “la normativa de aplicación, en efecto, no establece que esa opción haya de ser contemplada en el acuerdo de aprobación de proyecto, debiendo ser en momento ulterior cuando se decida si procede o no acceder a dicha petición. […] no es posible acceder a dicha petición, pues la normativa no exige que se deba acordar en la resolución de aprobación definitiva del proyecto”.
De este modo, la Justicia vuelve a confirmar la legalidad de las actuaciones que el Ayuntamiento llevó a cabo en relación con el proyecto de la Zona C. Hace unos meses, también le dio a la razón a la entidad municipal en relación con dos recursos interpuestos por la empresa Construcciones y Contratas Sánchez S.L., así como otra demanda a cargo de la familia Conde.
José Tomé reitera su satisfacción “por esta nueva resolución que vuelve a dar una vez más la razón al Ayuntamiento en lo que se refiere a la Zona C, y que como recordarán, inauguramos el pasado 15 de noviembre de 2022”.
Antecedentes
El terreno, denominado “Zona C”, fue calificado como suelo urbano no consolidado, por el Pleno del Ayuntamiento de Monforte celebrado el 12 de abril del año 2000, hace más de 20 años, siendo publicado en el BOP de 26 de abril y publicado en el DOG de 27 de abril de ese mismo año. Mediante ese acuerdo plenario se produjo una modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, que permiten urbanizar esas zonas y ponerlas al servicio de la ciudad de Monforte.
Para poder llevar a cabo esta urbanización, el primero paso dado fue llevar a cabo el Proyecto de Reparcelación de la “Zona C”, desarrollado por la empresa MONSA Urbanismo, y aprobado inicialmente en la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, en fecha 23 de noviembre de 2020.
El 9 de diciembre de 2020, se inició el proceso de notificación a los dueños de las parcelas afectadas por este proyecto, notificación que fue realizada por los Agentes de la Ciudadanía del Ayuntamiento, domicilio a domicilio.
El siguiente paso fue la exposición pública durante un mes, que empezó a contar desde la notificación a los afectados por las fincas que se reparcelan.
La aprobación del proyecto definitivo así como la resolución de los alegatos presentados tuvo lugar en Junta de Gobierno de este Ayuntamiento el pasado 16 de junio de 2021.
Finalizados estos trámites administrativos, desde el Ayuntamiento se procedió a elaborar el proyecto constructivo, que una vez elaborado, fue presentado por el Alcalde junto con el anuncio de la licitación de las obras del citado proyecto.
Una vez adjudicado y contratada la empresa adjudicataria, Misturas Obras e Proxectos S.A. por un importe de 915.225,85 euros (IVA incluido), el Ayuntamiento inició el pasado 18 de enero las actuaciones encaminadas a urbanizar y dotar de servicios a la Zona C.
Tras finalizar las obras, el Alcalde y diversos miembros del Equipo de Gobierno, inauguró la Zona C el 15 de noviembre de 2022.