Monforte de Lemos, 13 de diciembre de 2023. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa sobre la fuga de agua ubicada en la calle Abelardo Baanante, concretamente en la parte alta de la calle donde se encuentra la escalera de acceso a la iglesia de La Régoa.
En este sentido, el Alcalde indica que “tan pronto tuvimos conocimiento, tras un informe de la Policía Local, visité el lugar acompañado por el Concejal de Obras, José Luis Losada, y por la empresa Aqualia para conocer de primera mano el problema que había surgido, y a partir de ahí el Ayuntamiento actuó de inmediato conforme al procedimiento legal.”
Tras la inspección llevada a cabo por los técnicos de Aqualia, en el informe remitido por esta empresa al Ayuntamiento, se descarta la existencia de fugas en la red general y, del mismo modo, se indica que se localizó la existencia de un pozo artesano dentro de un solar, que es el origen de dicha fuga, vertiendo el agua hacia la calle Abelardo Baanante.
“Desde esta concesionaria se ha inspeccionado toda la red de la zona para descartar que el agua que se estaba filtrando procediese de la red de abastecimiento. Se instalaron sistemas de detección remota de fugas sobre la red existente de Fundición Ductil DN 80 mm tanto en la calle Santo Domingo como en la calle Abelardo Baanante aguas arriba de las filtraciones. Todas las mediciones fueron negativas descartando la existencia de fugas en la red general.
Se realizaron más inspecciones en la zona, detectándose la existencia de un pozo artesano en la finca situada en el margen izquierdo de las escaleras de subida. El agua que emana del pozo es de tal cantidad que la vivienda anexa se encuentra completamente anegada.
La conclusión que se saca de las inspecciones y pruebas realizadas es que el origen del agua filtrada no es ni de la red de abastecimiento ni de la red de saneamiento. Debiendo requerirse al propietario de la finca el sellado y reparación del pozo”.
En base a lo indicado en este informe, el Alcalde acaba de decretar y resolver requerir al propietario de la finca para que de forma inmediata, en un plazo no superior a quince días, proceda al sellado y reparación del pozo al que se hace referencia en el informe transcrito.
Y del mismo modo, se apercibe al propietario de que de no proceder a dicho sellado y reparación, desde el Ayuntamiento se acordará la ejecución forzosa para proceder a solucionar este problema, cargando los costes al dueño del solar, de acuerdo con los artículos 99 y 100 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.