Monforte de Lemos, 22 de octubre de 2020. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, firmó el día de hoy 3 nuevos decretos que suponen la modificación de los protocolos de uso tanto de las instalaciones deportivas municipales como de la Piscina climatizada municipal y su gimnasio, y que también significa la suspensión temporal de la actividad de las Escuelas Deportivas Municipales desde el día de hoy.
Estas medidas fueron adoptadas por el regidor municipal con carácter de urgencia debido la publicación en el DOG de la Orden del 21 octubre de 2020 por la que se establecen medidas de prevención específicas a consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia, la cual obliga a poner en marcha nuevas restricciones que, en este caso, afectan a las instalaciones y actividades deportivas del Ayuntamiento.
Suspensión temporal de la actividad de las Escuelas Deportivas Municipales
Tras el período estival, el Ayuntamiento de Monforte ofertó, para el curso 2020-2021, una serie de modalidades deportivas no federadas dentro del programa de Escuelas Deportivas Municipales dirigidas a niños/as y adultos/as.
La actividad de cada una de las modalidades comenzó el pasado lunes 5 de octubre llevándose a cabo con normalidad hasta el día de hoy. En este sentido, la organización de cada una de las modalidades se llevó a cabo teniendo en cuenta los aforos máximos establecidos para cada actividad así como las medidas de prevención de contagio por COVID-19 establecidas por las autoridades sanitarias.
La mencionada Orden de 21 de octubre de 2020, establece en el punto 3.14 del Anexo de Medidas de prevención específicas para Actividades e instalaciones deportivas que:
“La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico. En el caso de la práctica de forma colectiva, el máximo será de cinco personas de forma simultánea, sin contar, de ser el caso, el monitor. En las instalaciones y centros deportivos se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sean o no convivientes, y sin contar el monitor, sin contacto físico, y siempre que no se supere el cincuenta por ciento de la capacidad máxima permitida, y se deberán establecer las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad”.
“Por este motivo”, señaló el Alcalde, “teniendo en cuenta la evolución de la pandemia de la COVID-19 en Galicia, teniendo en cuenta las limitaciones de aforo y de composición de grupos establecidas, y toda vez que la mayoría de grupos de actividad de cada una de las modalidades deportivas ofertadas por el Ayuntamiento supera las cinco personas, decidimos suspender la actividad de las Escuelas Deportivas Municipales desde el día de hoy y hasta que se den las condiciones idóneas para su reinicio”.
Decreto Suspensión temporal Escuelas Deportivas Municipales
Modificación del Protocolo de uso de las instalaciones Deportivas Municipales
Del mismo modo, teniendo en cuenta las disposiciones establecidas por la Orden de 21 de octubre de 2020, desde el Equipo de Gobierno fue necesario modificar el protocolo de uso de instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento para hacer frente a la nueva realidad ocasionada por la pandemia de la Covid-19.
El contenido de este protocolo sufrirá tantas modificaciones y adaptaciones como dicten las autoridades sanitarias vista la evolución de la pandemia de la COVID-19.
El protocolo se aplicará en las siguientes instalaciones deportivas:
• Pabellón Municipal de A Pinguela
• Pabellones polideportivos escolares
• Campo Municipal de Fútbol de A Pinguela
• Campo Municipal de Fútbol Luis Bodegas
Este protocolo afecta únicamente a los entrenamientos. En el caso de competiciones deportivas, cuando éstas se puedan efectuar, se establecerá el correspondiente protocolo.
a)- Requisitos previos a la utilización de las instalaciones deportivas:
• Para que los clubes puedan utilizar las instalaciones deportivas será necesario que presenten la solicitud de uso para la temporada 2020 – 2021 en los plazos que establezca el Ayuntamiento de Monforte.
• Además de la solicitud de uso cada club deberá presentar un documento firmado de compromiso de responsabilidad de cumplimiento de las normas de protección frente a la COVID-19 dictadas por los organismos competentes.
b)- Protocolo de uso de instalaciones deportivas municipales
- Podrán acceder a las instalaciones deportivas aquellos clubes y entidades deportivas a los que les sea concedido su uso durante la temporada 2020–2021. Únicamente podrán acceder en los días y horas que les sean concedidas.
- Sólo se permitirá el acceso a las instalaciones a deportistas, personal técnico y directivos del club deportivo no estando permitido el acceso de público y acompañantes.
- Sólo se permitirá el acceso a la pista o terreno de juego a deportistas y personal técnico. Directivos y responsables del Club podrán acceder a la instalación deportiva pero no a la pista y al terreno de juego.
- La actividad deportiva que se podrá realizar en las instalaciones está sujeta a los siguientes criterios de uso:
-
- La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico. En el caso de la práctica de forma colectiva, el máximo será de cinco personas de forma simultánea, sin contar, de ser el caso, el monitor.
- En las instalaciones y centros deportivos se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sean o no convivientes, y sin contar el monitor, sin contacto físico, y siempre que no se supere el cincuenta por ciento de la capacidad máxima permitida, y se deberán establecer las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante la celebración de la actividad.
- En el caso de la práctica de deporte federado, en cuanto al número de componentes de los grupos de entrenamiento, habrá que atender a lo establecido en los correspondientes protocolos de funcionamiento de cada federación deportiva.
-
Con carácter general no se compartirá ningún material y, si esto no fuera posible, el club deberá garantizar la presencia de elementos de higiene para su uso continuado.
- Será obligatorio el uso de máscara en todo momento, excepto durante la realización de la actividad deportiva y siempre y cuando se mantenga la distancia de seguridad interpersonal. Cuando el deportista no utilice la máscara es importante guardarla adecuadamente para evitar que contamine o se contamine.
-
Entrenadores y técnicos deberán llevar máscara en todo momento aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
- Al final de cada entrenamiento el club deberá realizar la limpieza y desinfección de todo el material empleado. Para ello podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que se encuentran en el mercado y debidamente autorizados e inscritos. En el uso del producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta. Tras cada limpieza, los materiales empleados y las equipaciones de protección utilizados se descartarán de manera segura, y se procederá posteriormente al lavado de manos.
- Tanto los productos necesarios para la desinfección del material deportivo como los geles desinfectantes para los deportistas y personal técnico deberá ser suministrado por cada uno de los clubes deportivos usuarios de las instalaciones.
- Inicialmente no se permite el uso de los vestuarios y duchas. Todos los deportistas deberán acceder a las instalaciones con ropa deportiva de casa. Se podrá permitir su uso únicamente si las condiciones de aforo permiten dar servicio a todos los usuarios con la seguridad necesaria.
- Se habilitarán dos aseos, uno para hombres y otro para mujeres, que podrán ser utilizados de manera individual cuando sea necesario.
- El calzado que se utilizará para llevar a cabo los entrenamientos será diferente a los que traiga el deportista de la calle. Este deberá trasladarse en bolsa independiente.
- Las bolsas, mochilas o efectos personales solo se podrán dejar en los espacios habilitados para cuyo fin. No se podrá dejar nada en la instalación al finalizar su uso.
- Los deportistas no podrán compartir alimentos, bebidas o similares.
- Antes de entrar y al salir del espacio asignado deberán limpiarse las manos con gel desinfectante que deberá estar disponible en el espacio habilitado al efecto.
- Entre la entrada y la salida de grupos de entrenamiento se establece un tiempo obligatorio de distanciamiento de 15 minutos a descontar del tiempo que cada grupo tiene de entrenamiento.
- En el interior de la instalación no podrán coincidir los grupos o equipos que finalizan su entrenamiento con los grupos o equipos que lo van a iniciar. De este modo los grupos o equipos que van a iniciar sus entrenamientos tendrán que esperar a que los equipos que lo finalizan abandonen la instalación. Los responsables de los clubes tendrán que velar porque esta norma se cumpla y controlar los accesos de su equipos.
- De ser el caso deberán respetarse las circulaciones interiores establecidas en cada una de las instalaciones.
c)- Medidas de control de usuarios e incidencias
- Los clubes deportivos deberán llevar un registro diario de todos los usuarios que realicen los entrenamientos y que accedan a las instalaciones, que incluya el nombre y apellidos del deportista o miembro del club y el horario de acceso y salida de la instalación deportiva.
- Los clubes deportivos deberán efectuar un control estricto del acceso a las instalación que quedará restringido únicamente a jugadores, entrenadores y directivos del Club Deportivo.
- Los clubes deportivos deberán registrar cualquier incidente que se produzca en relación con la COVID-19 y comunicársela inmediatamente al Ayuntamiento de Monforte.
- Estos registros deberán estar a disposición del Ayuntamiento de Monforte que los podrá reclamar en cualquier momento.
d)- Comunicación y seguimiento de sintomatología covid-19
En caso de que algún usuario de las instalaciones deportivas tenga sintomatología del virus COVID-19, deberá informar de manera inmediata al servicio gallego de salud para iniciar el protocolo previsto por la Consellería de Sanidad (https://www.sergas.es/Saude-publica/Novo-coronavirus-2019-nCoV?idioma=es) . En este sentido, se considera sintomatología del virus COVID-19 un cuadro clínico de infección respiratoria aguda (IRA) de aparición súbita y de cualquier gravedad, incluyendo fiebre, tos o falta de aliento, entre otros.
En caso de detección de un sospechoso por COVID-19 en el entorno de la práctica deportiva, se deberán seguir las pautas determinadas por las autoridades sanitarias. La persona afectada se retirará del grupo y se conducirá a otro espacio, facilitándole una máscara quirúrgica. Este espacio deberá ser elegido previamente, y debería contar con ventilación adecuada, y una papelera de pedal con bolsa, donde tirar la máscara y paños que se puedan descartar. Se contactará con el centro de salud correspondiente a la persona o con el teléfono (900400116), y seguirán sus instrucciones. Si se percibiera gravedad se llamará al 061.
En todo caso, se seguirá en todo momento las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Decreto Modificación Protocolo uso Instalaciones Deportivas Municipales
Modificación del Protocolo de uso de la Piscina Climatizada Municipal y del Gimnasio
Finalmente, mediante decreto del Alcalde, también se establece el nuevo protocolo de uso para la Piscina Climatizada Municipal y su Gimnasio.
Así, la piscina climatizada municipal podrá ser utilizada tanto por abonados como por personas que accedan al centro adquiriendo una entrada puntual de día. Para acceder a las instalaciones no será necesario concertar cita previa pero sí será necesario respetar los aforos establecidos para cada uno de los espacios.
Los aforos establecidos para cada uno de los espacios son los siguientes:
• Vaso grande (25 m. x 12,5 m.): 30 personas (máx. 5 en cada calle)
• Vaso pequeño (12,5 m. x 6 m.): 15 personas
• Gimnasio: 20 personas
• Vestuario masculino: 17 personas
• Vestuario femenino: 17 personas
• Cafetería: 9 personas
Se establecerá una circulación obligatoria en el interior de la instalación que tendrá que ser respetada por todas las personas usuarias. Esta circulación estará indicada con señales de dirección y cartelería.
Habrá geles desinfectantes en diferentes puntos de la instalación a disposición de las personas usuarias.
Se colocarán carteles con la normativa de uso de los diferentes espacios así como con las limitaciones de aforo establecidas.
En el interior de la instalación es obligatorio el uso de máscaras en todos aquellos espacios no deportivos (recepción, corredores de circulación, vestuarios y cafetería).
Es obligatorio desinfectar las manos al entrar en la instalación haciendo uso de los dispensadores de gel desinfectante que estarán a disposición de las personas usuarias.
Se procurará mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros con el resto de personas usuarias.
Normas específicas para usuarios/as de la piscina:
• Es obligatorio respetar los aforos establecidos para cada uno de los vasos.
• El acceso al vaso grande se realizará, obligatoriamente, por el margen más próximo a la salida de los vestuarios. Del mismo modo la salida del vaso deberá realizarse por el mismo sitio, estando prohibido el acceso o la salida del vaso por otra zona diferente a la establecida.
• Será el/la socorrista la persona que controlará que se cumplan los aforos establecidos en cada uno de los espacios.
• Una vez completo el aforo de alguno de los espacios el usuario no podrá acceder y tendrá que esperar a la salida de otros usuarios/as.
• Se permite la utilización del jacuzzi de manera individual y por un tiempo máximo de 5´por persona.
• No se permite la utilización de las saunas.
• No se podrá utilizar el material destinado a cursos de natación ni de otra índole, disponible en la instalación. En el caso de precisar material de entrenamiento cada usuario deberá llevar el propio.
Normas específicas para usuarios/as del gimnasio:
• Es obligatorio respetar el aforo establecido para el gimnasio.
• Una vez completo el aforo el/la usuario/a no podrá acceder al gimnasio y tendrá que esperar a la salida de otros usuarios/as.
• Es obligatorio limpiar las manos con gel desinfectante antes de entrar al gimnasio.
• Es obligatorio mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, así como el uso de máscara en todo momento, incluido durante la práctica deportiva.
• Es obligatorio la desinfección del material compartido después de cada uso. Para eso se establece un punto de desinfección donde los usuarios/as tendrán a su disposición todo lo necesario para llevar a cabo la desinfección del material utilizado.
• Es obligatorio el uso de toalla.
Normas específicas para usuarios/as de los vestuarios:
• Es obligatorio respetar el aforo establecido para los vestuarios.
• Una vez completo el aforo el/la usuario/a no podrá acceder al vestuario y tendrá que esperar a la salida de otros usuarios/as.
• Es obligatorio el uso de máscara en el interior de los vestuarios.
• En el interior de los vestuarios sólo se podrán utilizar para mudarse las zonas marcadas con un punto de color verde.
• No se podrán dejar bolsas, mochilas o cualquier otro tipo de material personal en los percheros o encima de los bancos. Todo el material personal habrá que depositarlo en una de las taquillas habilitadas. Para eso cada usuario deberá llevar su candado que permita dejar la taquilla cerrada.
• Es obligatorio la desinfección del espacio ocupado en el vestuario y de la taquilla utilizada después de su uso. Para eso se establecerá un punto de desinfección donde los usuarios/as tendrán a su disposición todo lo necesario para llevar a cabo la desinfección.
Normas específicas para usuarios/as de la cafetería:
• Es obligatorio respetar el aforo establecido para la cafetería.
• El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en la mesa, o agrupación de mesas, y se deberá asegurar el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes. No está permitido el consumo en barra.
• En cuanto a las agrupaciones de personas en el interior del establecimiento estarán limitadas a un máximo de cinco personas, excepto en el caso de personas convivientes, en que no se aplicará esta limitación.
Decreto Modificación Protocolo uso Piscina Climatizada Municipal y Gimnasio